Los principios que rigen la actuación del INE son:
Certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
1. Certeza. Todas las acciones que desempeñe el INE estarán dotadas de veracidad, certidumbre y apego a los hechos, esto es, que los resultados de sus actividades sean completamente verificables, fidedignos y confiables.
2. Legalidad. Implica que en el ejercicio de las atribuciones y el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, debe observar escrupulosamente el mandato. Constitucional que las delimita y las disposiciones legales que las reglamentan.
3. Independencia: Es la garantía y atributos de que disponen los órganos y autoridades que conforman la Institución para que sus procesos de deliberación y toma de decisiones se den con absoluta libertad y respondan única y exclusivamente al imperio de la ley, afirmándose su total independencia respecto a cualquier poder establecido.
4. Imparcialidad. En el desarrollo de sus actividades, todo el personal del INE debe reconocer y velar permanentemente por el interés de la sociedad y por los valores fundamentales de la democracia, supeditando a éstos, de manera irrestricta, cualquier interés personal o preferencia política.
5. Objetividad. Implica un quehacer institucional y personal fundado en el reconocimiento global, coherente y razonado de la realidad sobre la que se actúa y la obligación de percibir e interpretar los hechos por encima de visiones y opiniones parciales o unilaterales, máxime si éstas pueden alterar la expresión o consecuencia del quehacer institucional.
6. Máxima publicidad. Todos los actos y la información en poder del INE son públicos y sólo por excepción se podrán reservar en los casos expresamente previstos por las leyes y justificados bajo determinadas circunstancias.



